D I S P O S I T I VA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CALIFICA COMO FLAGRANTE, la Aprehensión del imputado JEANS CARLOS HIDALGO ARVELO,por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES TIPO BASICAS Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en los artículos 413 y 277 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Jesús Omar Enrique y del Estado Venezolano (Orden Publico) de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, al prenombrado imputado quien es de las características personales antes indicadas, de conformidad con el articulo 256 ordinales 3° y 6º del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del tipo penal ut supra señalad, lleno los .....