DISPOSITIVA.
Por todas las razones ante expuestas éste Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA CESACIÓN DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, establecidas en los artículos 620 literales ¿d¿ y ¿b¿ en relación con el 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el cumplimiento total de la sanción impuesta al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, antes identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literal ¿h¿ de la presente Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Notifíquese a las partes. Ofíciese al Servicio de Libertad Asistida. Ofíciese a la Oficina de Alguacilazgo y al Archivo de ésta Sección Penal de Adolescentes de éste Estado.
Cumplidas las notificaciones a las partes y en el lapso de ley correspon.....