Visto la diligencia, de fecha 18/03/2015, suscrita por la ciudadana MARIA TERESA SALVATO PELICANE, ya identificada, asistida por el abogado FELIX MOISES ROSALES GARCIA I.P.S.A. Nº 28.075; mediante la cual desiste del procedimiento con motivo de demanda de DESALOJO, intentada en este Tribunal, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en mérito de las consideraciones y razonamientos antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil del Municipio Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESESTIMIENTO, de fecha 18/03/2015, de la Demanda de DESALOJO, intentada en fecha 24/02/2010, por la ciudadana MARIA TERESA SALVATO PELICANE, venezolana, cedula de identidad Nº V-8.135.405, de este domicilio; contra la ciudadana ELISA VICTORIA LARES AGUILERA, venezolana, cédula de identidad Nº V-4.260.243 de este domicilio; a tenor de lo.....