Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar, la conversión en divorcio de la presente separación de cuerpos y bienes por mutuo consentimiento de los ciudadanos: EDI ENRIQUE ALVARADO y YOVEISY DEL CARMEN GONZALEZ IZARRA, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que ambos contrajeron el día 28 de diciembre de 2005, por ante la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 93, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, regístrese y expídanse las copias de ley.
Dada, firmada y sellada en La Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barin.....