En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Parcialmente CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana MARISELA ARCHILA CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, oficios del hogar, titular de la cédula de identidad No. V-12.463.107, domiciliada en el Barrio El Carmen, calle 1, entre carreras 6 y 7, casa Nº 6-29, de la población de Socopó del Estado Barinas, en contra del ciudadano JAIME BAUTISTA BECERRA, colombiano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-81.145.221, domiciliado en el Barrio El Corozal, calle 11, entre carreras 12 y 13, casa Nº 10-42, al frente de la refresquería Esquina caliente de la población de Socopo del Estado Barinas, a favor del niño YORMAN MOISES BA.....