En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos PAMELA IBETH ACUÑA RAMIREZ y ALBERTO JOSE PEREZ OLIVEROS, en fecha dos (02) de Mayo del año dos mil ocho (2008) ante el Jefe Civil y Secretario de la parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual quedó registrado bajo el acta número 53 del libro número 01, correspondiente al año dos mil ocho (2008)
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fallo de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, e.....