D E C I S I O N
En consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA por haber operado la Perención a tenor de lo previsto en el articulo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la acción de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION ejercida por LA Empresa SEI MOTOR´S, debidamente asistida por la abogado en ejercicio SAMIRA MUSALI ANDRADE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.609, actuando en su carácter de apoderada judicial, en contra de la ciudadana MILEDYS GOMEZ MORENO, ambos identificados en autos. Así se Declara.
Se ordena notificar a las partes a través de Cartel de notificación que se fijara en la cartelera de este Tribunal de conformidad con el articulo 174 del Código de Procedimiento Civil, concediéndosele el lapso de cinco (5) días a parti.....