En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: BENJAMIN EDUARDO ZAMBRANO CARDENAS, ya identificado, convino en AUMENTAR la PENSION DE ALIMENTOS, en beneficio de su hija: SANDRA YAZMIN ZAMBRANO MOGOLLON, también identificada, a la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.450.000,oo) mensuales a partir del 30-06-2006, más una cantidad igual adicional en el mes de DICIEMBRE como bonificación de fin de año; así como, a cancelar el 100% de los gastos médicos, medicinas y vestido cuando ésta lo requiera, tal y como lo ha venido haciendo; dichas cantidades de dinero se las entregará personalmente a la solicitante, ciudadan.....