CAPÍTULO VI
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio Mixto N° 1, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: de manera unánime ABSUELVE, al ciudadano Denix Dario Materán Parra, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 11.321.255, natural de Valera Estado Trujillo, Fecha de nacimiento 17-06-70, de 33 años de edad, grado de instrucción: Bachiller, hijo de Trina de Materán y José Antonio Materan y residenciado en la Urbanización José Antonio Páez Primera Etapa Vereda 57 Casa N° 8 – Municipio Barinas de la comisión del delito acusado de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal. Segundo: de manera unánime, CONDENA al ciudadano Denix Dario Materán Parra, ya identificado, a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo .....