Ahora bien de lo antes expuesto, considera quien decide, que el Desistimiento del Procedimiento de la demanda ejercido por el Abogado. THELMO AQUILES ARBOLEDA S., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.983.723, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.221, en su carácter de Apoderado Judicial de la demandante, ciudadana: OLLARVES BENITEZ DALILA DEL VALLE, cumple con los requisitos exigidos en las normas antes citadas, como lo son:
1) El desistimiento del demandante;
2) La capacidad para disponer de la pretensión o derecho litigioso, es decir, la facultad expresa requerida al apoderado; y
3) El desistimiento ejercido no versa sobre cuestiones en las cuales estén prohibidas las transacciones.
4) Lo procedente en este caso, es HOMOLOGAR el referido Desistimiento.-
En consecuencia el Tribunal, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO al Procedimiento de la demanda ejercido por el Abogado. THELMO AQUILES ARBOLEDA S., venezolano, mayor de edad, titular de la.....