DISPOSITIVA Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abogado Félix Antonio Gómez Chacón, Defensor Privado del acusado Víctor Manuel Vásquez Castellanos, contra el auto dictado en fecha 23.07.09, por el Tribunal 2° de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual se dicto auto de apertura a juicio, admitiendo parcialmente la acusación de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del Estado Barinas, y de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha del presente auto de admisión. Notifíquese a las partes.
El Juez Presidente,
Dr. Trino R. Mendoza I.
El Juez de Apelaciones, .....