IV
DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley SE DECLARA COMPETENTE para conocer de la presente la solicitud de Reconocimiento de Documento Privado peticionado por el ciudadano SALAS ESQUERRA EUDOCIO, titular de la cédula de identidad Nº V-8.141.157, asistido por la abogada Mirellys Carolina Salas Camacho, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.550.218, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 129.332, contra del ciudadano RICARTE DE JESUS RUIZ GILLET, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.186.178.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artí.....