DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Se admite la acusación fiscal en su totalidad, así como los medios de pruebas plasmados en la misma, por ser necesarios y pertinentes para el esclarecimiento de los hechos que se investigan, por cumplir con los requisitos exigidos en el Art. 326 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Admite el Procedimiento por Admisión de los hechos y Condena al acusado ADOLFO ANTONIO HENRIQUE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.377.455, de 24 años de edad, nacido el 06/03/1984, en Libertad Estado Barinas, de estado civil Soltero, ocupación u oficio Obrero de Finca, hijo de Matilde del Carmen Henríquez (V) y Felipe Antonio Caruci (V), residenciado caserío Masparrito, Finca la Josefera, teléfono 0273-4156595, población de Libertad .....