Los adolescentes, fueron sancionados en fecha 04 de Julio de 2012, con las Medidas de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, y LIBERTAD ASISTIDA de conformidad con los artículos 620 literales "b", "d" y 624, 626, todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de DOS (02) AÑOS, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 5, en relación con el artículo 6, numerales 1, 2, 3 y 10 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio del ciudadano VICTOR MANUEL GODOY HIDALGO. Se determina que los adolescentes sancionados fueron detenidos por el hecho punible en fecha 04 DE AGOSTO DE 2011, por lo que permanecieron privados de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de OCHO (08) DIAS; que de la sanción han cumplido hasta el día de hoy, VEINTISEIS (26) DIAS y así mismo que les falta por cumplir UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y CUATRO (04) DIAS, también se establece que l.....