Analizado el supuesto de procedencia anteriormente expuesto, observa esta Superioridad, que la decisión recurrida ante esta instancia por medio del Recurso de Hecho ya analizado, cumple con el requisito de procedencia, por lo que, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, declara: PROCEDENTE el Recurso de Hecho, anunciado el día Veinte (20) de Septiembre de 2024, por el abogado Elvis García, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.189.183, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.974, actuando en carácter de apoderado judicial del ciudadano Manuel Arnaldo Romero Manchego, titular de la cédula de identidad N° V-25.450.812, contra el auto dictado por este Tribunal Superior el día catorce (14) de agosto de 2024. (ASÍ SE DECIDE).