Promueve la parte querellante en el punto 3 del capítulo de "DOCUMENTALES", "Fotostato de Sentencia emanada de este mismo Tribunal, en fecha 26/01/2010, en asunto 7919-2010, Acción de Amparo Constitucional, ejercida por este querellante..."; al respecto este Órgano Jurisdiccional debe advertir que las sentencias no constituyen un elemento probatorio, razón por la cual se inadmite dicha promoción.
Los apoderados judiciales de la parte actora, solicitan en los puntos 1 y 2 del capítulo identificado como "PRUEBA DE INFORMES", le sea requerido a la Dirección de Educación, Cultura y Deportes del Estado Mérida, informe sobre "el Acta de Visita efectuada en la Unidad Educativa Monseñor Chacón en fecha 07/10/2009..." y el "ACTA DE ENTREVISTA realizada en es(e) despacho en fecha 13/10/2009 con una delegación de los padres y representantes de los alumnos de la unidad Educativa Monseñor Chacón..."; igualmente promueve en el punto 3 del referido capítulo, prueba de informe a ser requerida a la.....