este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la suspensión de efectos solicitada por el abogado Adelis Alberto Paredes, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 117.745, con el carácter de co-apoderado judicial de los ciudadanos Freyman Barrera Cárdenas y Emelson Antonio Guerrero, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.630.744 y 11.498.614, respectivamente, contra la Providencia Administrativa Nº 833-2008, dictada por la Inspectoría del Trabajo de San Cristóbal, Estado Táchira en fecha 22 de septiembre de 2008.