Ordena la Aplicaicón del Procedimiento por Admisiópn de los Hechos solicitado por el acusado. CONDENA A DONIS TEODORO BECERRA RANGEL, venezolano, mayor de edad (30 años), nacido el 28-09-73 en Barinas, Estado Barinas, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad No. 13.592.042 y residenciado en el Barrio la Paz, calle Principal, callejón n° 9, casa s/n, de esta ciudad de Barinas Estado Barinas, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS, SEIS (6) MESES, DIECISIETE (17) DIAS Y OCHO (8) HORAS DE PRESIDIO, más las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal por la comisión de los delitos de Robo Agravado, Porte Ilicito de Arma de Fuego y Arma Blanca, Resisitencia a la Autoridad y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionados en los Artículos 460, , 278, 219, ordinal 1° y 175 del Código Penal, en perjuicio de Evecio Araque Duran y Maria Marlene Suarez.