D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara: Admisible el Recurso de Apelación con efecto Suspensivo previsto en el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto por la abogada María Carolina Merchan Franco, en su condición de Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en contra de la decisión de fecha 27 de julio de 2.015, dictada por el Tribunal Tercero Estadal y Municipal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante fue publicado el auto de apertura a juicio en fecha 04/08/2.015, en relación al imputado Jean Carlos Claro Medina, por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo Proveniente del Robo, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley de Robo y Hurto de Ve.....