PRIMERO: RATIFICA SU COMPETENCIA para Decretar Medida de Protección Agroalimentaria peticionada por la ciudadana Deisy Hagmerly Giraldo, venezolana, mayor de edad, productora agropecuario, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.982.635, sobre el predio denominado "La Bendición", ubicado en el Sector Los Samanes, Parroquia San Silvestre, Municipio Barinas del Estado Barinas, constante aproximadamente de Veinte Hectáreas con Seis Mil Novecientos Noventa y Dos Metros Cuadrados (20 Has con 6.992 m2), comprendido dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Terrenos ocupados por José Vitragos; SUR: Vía de penetración; ESTE: Terrenos Ocupados por Noel Contreras; y OESTE: Terrenos Ocupados por Lino Contreras.
SEGUNDO: SE ACUERDA LA EXTENSIÓN (TEMPORALIDAD) DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA y MEDIDA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL, en favor del Predio LA BENDICIÓN, la cual consta de una extensión de terreno aproximada de Veinte Hectáreas con Seis Mil Novecientos Noventa y Dos Me.....