En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que me concede la Ley Decreta: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, incoada por los ciudadanos MORELBA DEL CARMEN PERNIA DE URBINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.966.208, teléfono: 0416-6759565, correo electrónico: tribunaldiv12@gmail.com y GERARDO ANTONIO URBINA PULIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.503.131, teléfono: 0412-3676516, correo electrónico: tribunaldiv13@gmail.com, siendo su último domicilio conyugal la Urbanización la Cochinilla sector Las Palmas, entre calles 33 y 34 casa S/N, Población de Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas;.....