DISPOSITIVA:
En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: CARMEN YAMILE VALERO DIAZ y GEXIN ANTONIO SANCHEZ JAIMEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V–9.262.653 y V–9.211.044, respectivamente, de este domicilio, asistidos por los Abogados en ejercicio, GIANNY RAFAEL ALCALA CASTRO y NAIVER CARMELO GAMARRA VERA, inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 182.921 y 177.909; en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil celebrado por ellos, por ante la Parroquia Corazón .....