En consecuencia, quien aquí decide considera que con el material probatorio que integra estas actas procesales, ya analizadas y valorados, se encuentra plenamente demostrado el parentesco existente entre los ciudadanos Manuel José Moreno Vergara, José Domingo Moreno Vergara y Héctor José Moreno Vergara, con la de-cujus Miriam Josefina Vergara de Moreno; razón por la cual este Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Barinas, de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 y 824 del Código Civil, en concordancia con el articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como Únicos y Universales Herederos de la de-cujus Miriam Josefina Vergara de Moreno, antes identificada, a los ciudadanos Manuel José Moreno Vergara, José Domingo.....