DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes descritas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: Se Admite la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos establecido en el Art. 375 del Código Orgánico Procesal Penal, según gaceta oficial extraordinaria N° 5930 de fecha 04 de Septiembre del 2009. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano ALIRIO VELASCO DURAN, quien es venezolano, soltero, nacido en fecha 17/11/89, de profesión u oficio obrero, hijo de Melania Ramona Duran Araque (f) Alirio Velasco (F), residenciado en el Caserío Miri, Barrio El Incendio, cerca de la calle principal, casa s/n, cerca del Pool La Gran Colombia, Miri Estado Barinas, teléfono: 0426/4272968, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley establecidas en el artìculo 16 del.....