VII.- DISPOSITIVA
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA PROVISIONAL CAUTELAR AUTONOMA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, AL MEDIO AMBIENTE Y A LA BIODIVERSIDAD sobre la producción animal existente en el predio denominado "LA ESPERANZA" ubicado en el Sector los Cabezones, parroquia Santa Rosa Municipio Rojas del Estado Barinas, con una superficie de Mil Cuatrocientas Noventa y Seis Hectáreas (1.496 Has) aproximadamente, y se encuentra alinderada de la siguiente manera NORTE: Con terrenos de la Sucesión Rojas, en épocas pasadas hoy de Sucesión Dreyer; SUR: Con terrenos de Pueblo Viejo; ESTE: Caño Masparrito, antiguo camino que conduce de Mijagual a Santa Rosa, hoy aun transitable; y OESTE: Río Masparro de por medio con sabana de Espinito, de acuerdo a los linderos iniciales a la aplicación del Método.....