En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, de los ciudadanos IRIS YONEIDA UZCATEGUI BRICEÑO Y JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ PEÑA SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se declara Disuelto el Vínculo Matrimonial contraído por los ciudadanos IRIS YONEIDA UZCATEGUI BRICEÑO Y JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.291.400 y V-23.001.656 respectivamente, con domicilio conyugal en la sector San Eleuterio II, calle Gramoven, casa S/N Parroquia Barinitas, Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, en fecha 10 de marzo del año 2010, según se evidencia en Acta de Matrimonio Nro. 39, llevada en los Libros de Registro C.....