DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara Competente para el conocimiento del presente Recurso de Hecho.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho, interpuesto en fecha 06 de Agosto de 2.014, por el ciudadano VICTOR CESAR ESPINOZA DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.928.431, asistido por la abogada CARMEN ALICIA MARTÍNEZ QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.260.547, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 191.008, contra el auto de fecha 31/07/2014, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, mediante el cual negó oír la apelación ejercida.
TERCERO: Se ORDENA r.....