El adolescente, fue sancionado en fecha 16 de Abril de 2012, con las Medidas de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, LIBERTAD ASISTIDA y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, de conformidad con los artículos 620 literales "b", "d", "f" y 624, 625 y 626, todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, respectivamente, por el lapso de DOS (02) AÑOS en relación a las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, y por el lapso de SEIS (06) MESES en relación a la medida de Servicios a la Comunidad, por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, estás medidas deberán ser de cumplimiento simultáneo. Se determina que el sancionado, fue detenido por el hecho punible en fecha 24 de Marzo de 2012, por lo que permaneció privado de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de VEINTICUATRO (24) DIAS; que de la sanción ha cumplido, hasta el día de hoy, VEINTISIETE (27) DIAS y así mismo que le falta por cum.....