Se Declara: Primero: Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Jesús Leonardo Archila Molina, en su condición de Defensor Privado, en contra de la decisión dictada en fecha 25 de Junio de 2013, por el Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. Segundo: Como corolario de la decisión que antecede se declara la Nulidad de la decisión dictada por el Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en fecha 25 de junio de 2013, de conformidad con lo establecido en los artículos 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena que otro Juez de Ejecución distinto al que dictó la decisión anulada, de este mismo Circuito Judicial penal, con prescindencia de los vicios que ocasionaron la presente nulidad.