D I S P O S I T I V A
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, C O N D E N A: al acusado ROSARIO EDUILIO, venezolano, de 58 años de edad, portador de la cédula de identidad personal Nº V.-8.140.228, natural de Calderas Municipio Bolívar, de ocupacion u oficio, Agricultor, residenciado en el Barrio Lindo, frente a la Capilla "Virgen del Carmen" , casa de color amarrilla , hijo de María Rosario(D) y Rodolfo Castro (D),en Calderas Municipio Calderas del Estado Barinas, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y OCHO 8 MESES DE PRISION, QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, contemplado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño Niña y Adolescente. Así se Decide.
Esta sentencia ha sido leída y publicada en el día de hoy 25 de Marzo de.....