DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Sin lugar la demanda incoada por los ciudadanos Jesús Ramiro Narváez Bastidas, Ramón Enrrique Alejo Lucena e Ignacio de Jesús Arraiz Rodríguez, titulares de las cédulas de identidad Nros: V.-16.637.441, V.- 16.980.515, V.- 11.192.588, en contra de la sociedad mercantil Inversiones y Construcciones Viya, C.A., Y así se decide.
Dada la anterior declaratoria, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil trece. A.....