Por las razones anteriormente expuesta este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, con ocasión al juicio de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, intentada por el ciudadano Carlos Paoletti, italiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-313.865, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, Firmado Sellado y Refrendado en la Sala del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.- Barinas, 19 de mayo de dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.....