SE
DESIG~A PROVISIONALMENTE a la ciudadana GISELA ANTONIA GARRIDO,
venezolana, mayor de edad, C.I N° V-3.591.662, para el ejercicio del cargo de
TUTORA de la niña ROSELYS DEL VALLE SALAZAR GARRIDO, quien gozará de
las facultades de detentar su Custqdia, ejercicio de su representación legal y
administración simple de sus bienes, conforme el artículo 08 LOPNNA. Por cuanto de
la revisión detallada de tablilla llevada a cargo de la Secretaria de este tribunal, se
evidencia no existe disponibilidad en agendar dentro del lapso legal (no menor de 5 ni
mayor de 10 días hábiles), la audiencia preliminar en la presente causa, de
conformidad con el artículo 467 LOPNNA, a los fines de la continuidad procesal se fija
el día de despacho 21/05/2013 a las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m) para
que tenga lugar la AUDIENCIA DE SUSTANCIACIÓN en la que serán oídos los
propuestos Tutor, protutor, suplente de Protutor y los cuatro (04) miembros del
Consejo de Tutela, oportuni.....