Por evacuados los testigos requeridos en la presente solicitud suscrita por la
ciudadana JULIA ROSA QUINTANA FAJARDO, C.I.v-22.980.120, padre del niño se omite de 11 años de edad, asistido por el abogado en ejercicio
RANDO VISITACIÓN RIVERA BERRIO, INPREABOGADO N° 177.842, ciudadanos JACINTO
ADARME Y MARíA YULEIMA ADARME GÁMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de
las cédulas de identidad N° V- 3.427.686; V-13.675.442, DEVUELVANSE A LA
SOLICITANTE ORIGINALES Y RESULTAS DE LA MISMA. En consecuencia téngase a todos
los efectos legales de los mismos como solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS.
Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Primera de Primera Instancia de
Sustanciación y Mediación Abog. Yolanda F. Guerrero y de la Secretaria. En la misma fecha
se libraron las copias certificadas de Ley. Conste: la secretara. QUIEN SUSCRIBE la
Secretaria del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción
Judicial, CERTIFI.....