DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición ejercida por los abogados MARCO AURELIO GÓMEZ MONTILLA Y MIRELLYS CAROLINA SALAS CAMACHO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 71.995 y 129.332, apoderados judiciales de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA "LOS MARQUECES" R.L., en contra de la medida cautelar decretada a favor del ciudadano ABEL MORA PERNIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.229.573, domiciliado en el Predio el Recreo, Sector El Tostón, Municipio Obispos del Estado Barinas, representado judicialmente por la abogada CIOLIS DEL CARMEN NÚÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.145.242, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.157, en la presente incidencia del procedimiento cautelar en jurisdic.....