JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 22 de Marzo de 2011.
200º y 151º
Vista la anterior solicitud de pago de Honorarios Profesionales, presentada por la ciudadana: DORIS Y. OSORIO SALINAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.561.308, actuando en su carácter de Experta. Al efecto, el tribunal observa que la experta fue designada y juramentada por éste Juzgado en fecha 17-03-2011, posteriormente, es decir en fecha 18-03-2011, procedió a consignar el informe pericial correspondiente, demostrando con ello el cumplimiento de la misión que le fuera encomendada por el tribunal, por lo que en ese momento se hizo acreedora del derecho a cobrar emolumentos, generándose a su favor el pago de los honorarios profesionales que reclama, por lo que la parte o partes obligada a ello, deberá proceder a su pago. Ahora bien, a los fines de proveer sobre la admisión de la Intimación de Honorario.....