PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda de Cumplimiento de contrato e indemnización por daños y perjuicios, planteada por la ciudadana YOLANDA RUBIO viuda DE PAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 1.985.599, representada por el abogado en ejercicio JESUS ALEXANDER USECHE DUQUE, INPRE Nº 37.074, contra la Sociedad Mercantil PDVSA PETROLERO S.A, representada por los abogados en ejercicio RENE TRINIDAD RUIZ y ANALIA CENTENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-10.277.283 y Nº 10.564.418, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 56.524 y Nº 64.720, con el carácter de apoderados Judiciales de la hoy sociedad mercantil PDVSA Petróleo y Gas S.A.
SEGUNDO: En lo atinente a las costas, no se imponen el pago de las mismas a la parte perdidosa en este juicio ciudadana YOLANDA RUBIO viuda DE PÁEZ, por cuanto de manera reciproca y en estricto orden se aplica el criterio de la Sala Constitucional de fecha 26/02/2007, Exp. N° 06-.....