DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, que despliega el ciudadano FRANKLY MENDEZ CRISTANCHO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad № V-13.648.644, sobre el predio denominado "LOS MANGOS", ubicado en el sector La Galera, Parroquia Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas, constante de aproximadamente DIECISÉIS HECTÁREAS CON SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (16 HAS, CON 7.258mts2), cuyos linderos particulares son: Norte: Mejoras de los Hermanos Lara; Sur: mejoras de Oswaldo Molina, parcela Garza Morena y Granja.....