en consecuencia DECLARA UNICOS y
UNIVERSALES HEREDEROS, del difunto AlGEMIRO SANCHEZ VERA, titular de la
cedula de identidad N° V-23.164.382, a su legitima esposa ciudadana DORAl y DEL
CARMEN MaNTillA PAREDES, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de
identidad N° V-13.062.883 y sus hijos, la Adolescente y el niño se omiten de 12 y 09 años deedad respectivamente. DEJANDO A SALVO
EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse original con sus resultas al
solicitante, Anótese su salida en el libro respectivo. Diarícese y Cúmplase. Siguen
firmas ilegibles de la Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación Abog. Eviluz del Valle Cabeza Fandiño y de la Secretaria. En la misma
fecha se libraron las copias certificadas de ley. Conste: la Secretaria. Quien Suscribe
. la Secretariade este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de
esta Circunscripció´n Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia fiel y exacta
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