SE HOMOLOGA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO DICHO
DESISTIMIENTO, POR LO QUE SE DECLARA DESISTIDA LA PRESENTE
CAUSA de conformidad con el artículo 263 y 264 del C.P.C. Ordenándose en
consecuencia el CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL
EXPEDIENTE, para lo cual devuélvanse los originales cursantes a autos
consignados por las partes previa su certificación por secretaría corriendo dicho
importe a cargo de la parte interesada, luego de lo cual remítanse las presentes
actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario
a partir de la fecha del presente auto, de lo cual tómese nota por el archivo de
este Tribunal. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Tercera
de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Abg. Dayana
Vivas Guiza y El Secretario. En esta misma fecha se libró las copias certificadas
de ley. Conste:. Quien suscribe, Abg. Fernando Flórez Borja, secretario de este
Circuito Judicial de Protecció.....