Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia Penal con Competencia en Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve lo siguiente: PRIMERO: En relación a la calificación de flagrancia esta Juzgadora ha verificado que el imputado GILBERTO ANTONIO CHIRINOS GUTIERREZ venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 6.985.475, de 43 años de edad, natural Santa Cruz de Bucaral Estado Falcón, en fecha 17-09-1971, hijo de Segunda Gutiérrez (F) y de Arístides Chirino (V), de ocupación u oficio taxista, residenciado: Calle los Mijaos, Granja El Coriano, vía el Centro de Salud Municipal Libertad de Barinas con numero de teléfono: 0426-8029468; fue aprehendido en Flagrancia a poco tiempo de haber cometido el hecho punible de conformidad con el Artículo 96 de la Ley Especial, e.....