Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con Competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano acusado SIMON ORLANDO FUENMAYOR RODRIGUEZ venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.662.080, de 31 años de edad, nacido en Barinas, en fecha 05/09/81 hijo de Marcia Rodríguez (V) y de Euclides Fuenmayor (F), de ocupación u oficio Chofer residenciado: Urbanización: Corocito, calle 8, entre avenida 4 y 5, casa 82-29, teléfono 0414-8008372, Barinas Estado Barinas; por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el Artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de WENDY AMARILIS CHACON DE FUENMAYOR. De conformidad .....