Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción del estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: Declara PROCEDENTE la solicitud realizada por la defensora pública auxiliar tercera Dra. Aracelis Eledidza Guevara, actuando en representación del imputado ALEXANDER BRICEÑO MARQUEZ, acordando el Decaimiento De La Medida De Coerción Personal, a su favor, como consecuencia jurídica por la falta de presentación oportuna del acto conclusivo, acordando en tal sentido su libertad sin restricciones, a quien se le sigue la presente causa penal por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de .....