Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con Competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano acusado ANGEL CECILIO CASTILLO COLINA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.073.152, soltero, de 34 años de edad, fecha de nacimiento 09/04/80, natural de Barinas Estado Barinas, hijo Eva María Colina (F) y de José Castillo (V), de ocupación u oficio Comerciante, residenciado: Barrio el Cambio, calle 2, sector la floresta, casa 7-46, teléfono 0416-1175256; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en los Artículos 42 de la de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YANETH CAROLINA VALERO BARRETO. De .....