Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: NIEGA el otorgamiento de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, del ciudadano JOSE AGUSTIN ESCALANTE RAMIREZ, Venezolano, no porta cedula de identidad titular de la Cedula de Identidad V-11.015.187 de 47 años natural de San Antonio estado Táchira, en fecha 22/06/1970 grado de instrucción Bachiller, hijo de José Agustín Escalante León (F) y de Rosario Ramírez de Escalante (F) de ocupación u oficio Comerciante residenciado: Carretera Nacional (CODIBERCA) carrera 17 de los naranjos, calle 01, en una habitación, Socopo Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas teléfono:0426-2660735, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA AGRAVADO Y CONTINUADO, previsto y sancionado .....