DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones que anteceden, éste Tribunal de Primera Instancia Penal con competencia en delitos de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas N° 02 del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de desestimación de denuncia planteada por la ciudadana Fiscal Décima Séptima del Ministerio Publico del estado Barinas a favor del ciudadano: TIRSO INFANTE, y en consecuencia de conformidad a lo establecido en el Articulo 284 del Código Orgánico Procesal Penal se ordena remitir con oficio la presente desestimación a la Fiscalía de Origen a los fines de su guardia y custodia. Regístrese, Publíquese y Cúmplase. Dada, sellada y refrendada en la sede del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, a los Quince (15) dias del mes de noviembre del año dos mil Dieciséis (2016). Años 206° de la Independencia.....