Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos Contra la Mujer del Estado Barinas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declarada: PRIMERO: NIEGA la solicitud realizada por el Abogado Carlos Rodríguez Terán, titular de la cédula de identidad No. V.-4.931.759, debidamente inscrito ante el IPSA bajo el No. 176.370, actuando en su condición de abogado defensor privado del ciudadano KEVIN RODRIGO BARNEY RIAY, Venezolano, titular de la cédula de Identidad No. V.-20.965.571, mayor de edad, nacido en Barinas Estado Barinas, en fecha: 20/04/1993, soltero, de 24 años, Grado de Instrucción Tercer Año, hijo de Edin Maritza Riay (v), y de Rodrigo Barney (V), ocupación Comerciante, Residenciado en: Barrio San José, Callejón Monagas con Avenida Elías Cordero, Casa Nº 67, teléfono 0273-5322786 y (mamá 0416-9729646). SEGUNDO: Continua su curso legal la referida causa penal, por ante el Tribunal en Funcio.....