Por las razones anteriormente expuestas éste Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio adscrito al Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO Se declara Sin Lugar la solicitud de Sobreseimiento en base lo establecido en el artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesta por el ciudadano Yeferson Díaz Hernández, titular de la cédula de identidad No. V.-20.865.136, debidamente asistido por el ciudadano Abg. Amilcar José Puerta González, inscrito el en IPSA 146.006. SEGUNDO: Se acuerda librar boletas de notificación a las partes. Regístrese y Publíquese. Cúmplase. Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, actuando en Función de Juicio No. 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los Diecinueve (19) d.....