este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos:, ALEXIS JOSE BRACHE y MARIA ADELAIDA DABOIN HERNANDEZ, ya identificados, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día, 15-07-2013. Por ante el Registro Civil del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, tal como se evidencia en acta. de Matrimonio N° 32