En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, formulada por los ciudadanos Yael Beatriz Marca Pérez y Eulman Javier Moncada Gamez, supra identificados, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil y en concordancia el supra señalado criterio jurisprudencia, con carácter vinculante, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. SEGUNDO: como consecuencia de lo anterior, se declara Disuelto el Vinculo Matrimonial por ellos contraído, en fecha 10 de febrero de 1995, por ante por la Prefectura de la Parroquia Corazón de Jesús, Municipio Barinas, Estado Barinas, según se evidencia de la copia certificada manuscrita de Re.....